lunes, 30 de julio de 2012

Guatemala: Tribunal Popular de Salud condena a Goldcorp y gobiernos por inversiones mineras irresponsables

mimundo.org
Por Natasha Pitts - ADITAL

El Tribunal Popular Internacional de Salud realizado los días 14 y 15 de este mes, en el municipio de San Miguel Ixtahuacán, departamento de San Marcos, en Guatemala, cerró sus actividades el último día 18. 

Después de escuchar los testimonios de los/las afectados/as por las actividades mineras de la Goldcorp, los jueces liberaron la sentencia de culpabilidad a la empresa minera y a los gobiernos de Honduras, México, Guatemala y Canadá.


El objetivo del tribunal fue escuchar las reivindicaciones y testimonios de las poblaciones afectadas por las operaciones mineras de la canadiense Goldcorp en Carrizalillo, Guerrero, México; Valle de Siria, Francisco Morazán, Honduras; y San Miguel Ixtahuacán y Sipacapa, San Marcos, Guatemala.

Entre los reclamos, las poblaciones de estas localidades denunciaron contaminación y pérdida irreversible de fuentes de agua, desaparición de montañas, ecosistemas, alteración del ciclo hidrológico, destrucción de cultivos y suelos, muerte de animales salvajes y domésticos, problemas de salud y aumento de problemas reproductivos.

Entre las principales enfermedades –registradas en las tres localidades– se denunciaron enfermedades en la piel, en los ojos, caída de cabello, abortos, partos prematuros, defectos congénitos y muerte de recién nacidos, problemas auditivos, problemas gastrointestinales, dolores en las articulaciones, problemas nerviosos y psicológicos.

Ex-funcionarios de la Goldcorp también tuvieron la oportunidad de atestiguar y relataron constantes intoxicaciones, desmayos, vértigos, exposición a químicos tóxicos y accidentes de trabajo por falta de equipamiento y medidas de seguridad.

Otros graves problemas registrados en los municipios donde la empresa canadiense actúa fue el crecimiento del número de bares y un aumento considerado alarmante de alcoholismo, drogadicción, violencia, prostitución, enfermedades venéreas, además del crecimiento del número de casos de VIH/Sida.

Ante la confirmación de estos casos, los jueces y juezas involucrados en el juicio decidieron condenar "las actuaciones de la empresa GoldCorp en sus proyectos ubicados en Honduras, Guatemala y México por ser consideradas altamente dañinas para la salud y la calidad de vida, la calidad ambiental, y el derecho a la libre determinación de las comunidades indígenas y campesinas afectadas”.

Los gobiernos de los países de Mesoamérica fueron condenados por complicidad y actitud irresponsable por no asegurar el ejercicio de los derechos a las y a los afectados por la empresa minera. Por su parte, el gobierno canadiense fue condenado por apoyar y promover de diversas formas las inversiones mineras irresponsables en la región.

Entre las recomendaciones y exigencias, los jueces aconsejan a los pueblos afectados impedir, de manera pacífica, las operaciones de la Goldcorp en sus territorios. Recomiendan que las comunidades y organizaciones denunciantes se mantengan articuladas y empeñadas en denunciar los efectos de la actuación de la empresa canadiense y sugieren que los pueblos indígenas y comunidades campesinas busquen todos los medios pacíficos para garantizar el ejercicio de sus derechos colectivos.

Se le exige a la Goldcorp que repare todos los perjuicios causados a la salud de las poblaciones, los daños ambientales y todos los otros daños causados a las comunidades indígenas y campesinas afectadas. La empresa también debe compensar los perjuicios pasados, presentes y futuros causados a las comunidades, teniendo en vista que la contaminación es persistente y puede perdurar por cientos de años. Otra exigencia es que la empresa suspenda toda operación minera en Mesoamérica para evitar la repetición de los problemas denunciados.

Los Estados (gobiernos nacionales, estatales y municipales) deben cumplir y exigir el cumplimiento de las legislaciones nacionales y de los convenios internacionales, en especial, garantizando el respeto del consentimiento previo, libre e informado. Providenciar nuevas formas de proteger y garantizar los derechos de las comunidades frente a la minería y velar por el respeto y ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas. Otra exigencia es la adopción de medidas semejantes a las restricciones a la minería metálica a cielo abierto decretadas por autoridades de otros países.

Para leer el veredicto completo, entre en: http://tribunaldesalud.org/veredicto/


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