lunes, 15 de septiembre de 2014

El Salvador: Jueza decreta instrucción formal contra dueño de LIDO S.A. por delitos laborales

SELSA
Por Gilberto García | CEAL

El pasado jueves 11 de Septiembre, el Juzgado 4º de Paz de Soyapango, llevó a cabo una audiencia inicial en contra del propietario de la empresa LIDO S.A., Manuel Roberto Molina Martínez, por los delitos de discriminación laboral y coacción al ejercicio de la libertad sindical.

Durante la audiencia, miembros de diversas organizaciones sociales y sindicales entre ellas el Frente Social y Sindical Salvadoreño y el MPR-12, se hicieron presentes al Centro Judicial de Soyapango para brindar sus saludos y apoyo a las trabajadoras y trabajadores miembros de los sindicatos SELSA y SITIPA que han promovido la causa.

El imputado y propietario de LIDO entró a pie al juzgado, dado que no le dejaron ingresar su camioneta. Al final de la audiencia que dilató cerca de 6 horas, la jueza Lydia Marina Flores Granados, decretó INSTRUCCIÓN FORMAL al empresario por lo que el caso pasará al Juzgado 2º de Instrucción de Soyapango, en dicho proceso se recogerán todas las pruebas necesarias para presentarlas ante una audiencia pública, en la que se valorará su culpabilidad o inocencia.

Durante la audiencia, el propietario de LIDO, se empecinó en un argumento técnico-legal, probablemente aconsejado por sus abogados, de que él no despidió a los trabajadoras, sino que ellas abandonaron las labores por negarse a usar un logo de LIDO en sus uniformes, regla que no esta acordada en el Contrato Colectivo vigente. Los trabajadores mostraron pruebas tales como las actas del Ministerio de Trabajo en donde consta que efectivamente fueron despedidos y donde se infraccionó a la empresa por no reinstalarles.

Aunque la medida es positiva, en tanto la jueza no desestimó los cargos en contra del empresario, los afectados y afectadas - 11 trabajadoras y trabajadores, todos dirigentes despedidos desde Julio de 2013 - solicitaron medidas sustitutivas al arresto, tales como el arraigo domiciliar, la prohibición para salir del país, o presentarse cada 15 días a firmar al Juzgado. Sin embargo la jueza consideró innecesarias estas medidas.



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