viernes, 30 de octubre de 2015

Corte Penal Internacional confirma que en Honduras hubo golpe de Estado y graves violaciones de derechos humanos

Declaración de la Fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, sobre la conclusión del examen preliminar en la situación en Honduras 

Por ICC-CPI

Luego de realizar un exhaustivo análisis fáctico y jurídico de la información disponible, he determinado que, en este momento, no se han cumplido los requisitos legales previstos por el Estatuto de Roma para solicitar la autorización de los Jueces de la Corte Penal Internacional (“CPI” o la “Corte”) para abrir una investigación en la situación en Honduras.

La Fiscalía inició un examen preliminar sobre la situación en Honduras el 18 de noviembre de 2010 a fin de evaluar si existe fundamento razonable para abrir una investigación con respecto a los crímenes presuntamente cometidos después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009. Como parte de este análisis legal, la Fiscalía ha evaluado cuidadosamente si los crímenes alegados podrían constituir crímenes de lesa humanidad bajo el Estatuto de Roma de la CPI. 

Sobre la base de la información disponible, violaciones a los derechos humanos fueron cometidas el día 28 de junio de 2009 y con posterioridad a esta fecha, y que estas fueron directamente imputables a las autoridades del régimen que tomó el poder durante el golpe. Sin embargo, en aplicación del estándar de fundamento razonable establecido por el Estatuto de Roma, en noviembre de 2013 llegué a la conclusión de que las violaciones perpetradas entre el 28 de junio de 2009 y el 27 de enero 2010 no constituyen crímenes de lesa humanidad bajo la definición del Estatuto, y por ende no constituyen crímenes sobre los cuales la CPI tiene la facultad para investigar.


No obstante, a la luz de alegaciones posteriores sobre crímenes cometidos después del 27 de enero de 2010 y en la región del Bajo Aguán, la Fiscalía continuó su examen preliminar a fin de determinar si esas nuevas alegaciones podrían afectar mi conclusión anterior o si podrían independientemente constituir crímenes de lesa humanidad.

Después de sopesar cuidadosamente la información disponible con relación a los requisitos legales del Estatuto de Roma, he llegado a la conclusión de que no existe fundamento razonable para que la Fiscalía proceda con una investigación. Por lo tanto, he decidido cerrar el examen preliminar sobre la situación en Honduras. La Fiscalía ha publicado un informe detallado que presenta y explica nuestras conclusiones.

Quiero ser clara en el siguiente punto. De ninguna manera esta decisión minimiza los crímenes cometidos en Honduras o el impacto que tuvieron para las víctimas. No obstante, es preciso recalcar que la definición de crímenes de lesa humanidad prevista en el Estatuto de Roma impone estrictos requisitos legales que distinguen esta categoría de crímenes de aquellos originados en un contexto de violencia general, crónica y estructural.

La Fiscalía basó su análisis de la situación en Honduras en información pública y otras fuentes de información fidedignas, las cuales hemos sujeto a nuestra estricta práctica de análisis independiente, imparcial y exhaustivo. En caso de nuevos hechos o nuevas informaciones que pudiera llevar a la Fiscalía a reconsiderar sus conclusiones estuvieran disponibles en un futuro, no dudaré en reabrir el examen preliminar sobre la situación en Honduras.

Contexto

Honduras ratificó el Estatuto de Roma el 1 de julio de 2002. Por consiguiente, la CPI tiene competencia sobre los crímenes del Estatuto de Roma cometidos en el territorio de Honduras o por sus nacionales a partir de 1 de septiembre de 2002.

El 18 de noviembre de 2010, el entonces Fiscal Luis Moreno-Ocampo anunció que la Fiscalía llevaría a cabo un examen preliminar en la situación en Honduras tras recibir información sobre crímenes presuntamente cometidos después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009.

El día del golpe, el ex Presidente de Honduras, Sr. José Manuel Zelaya Rosales fue aprehendido por miembros de las fuerzas armadas y trasladado a Costa Rica por la fuerza. El gobierno de facto implementó una serie de medidas restrictivas de la libertad de circulación, de reunión y de expresión, y conformó una “sala de crisis” a fin de coordinar operaciones policiales y militares para implementarlas.

Las manifestaciones contra el golpe de Estado organizadas en todo el país por miles de partidarios de José Manuel Zelaya encontraron resistencia y respuestas violentas por parte de las fuerzas de seguridad estatales, dando lugar a violaciones a los derechos humanos en gran escala. Los intentos del depuesto presidente Zelaya de regresar a Honduras y su refugio temporal en la embajada de Brasil en Tegucigalpa desencadenaron nuevas manifestaciones, las cuales fueron severamente y, en algunos casos, violentamente reprimidas por las fuerzas de seguridad.

En los años posteriores al golpe de 2009, la violencia en Honduras continuó en aumento, debido en parte a la inestabilidad política generada por el golpe, pero también como resultado de la expansión de las organizaciones criminales y de narcotráfico, la proliferación de armas, y la participación de las fuerzas armadas en asuntos de seguridad ciudadana. En la región del Bajo Aguán, la violencia vinculada a disputas por la tierra de larga data entre pobladores locales y corporaciones privadas se ha exacerbado aún más debido a la mayor presencia de organizaciones criminales transnacionales, ladrones y saqueadores de plantaciones de palma africana, y las rivalidades entre grupos campesinos. En este contexto, la falta de suficientes investigaciones y enjuiciamientos por las autoridades nacionales ha agravado el ciclo de criminalidad e impunidad en Honduras.

La Fiscalía de la CPI lleva a cabo exámenes preliminares, investigaciones y enjuiciamientos independientes e imparciales de los crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. La Fiscalía ha abierto investigaciones en: Uganda; República Democrática del Congo; Darfur, Sudán; República Centroafricana; Kenia; Libia; Côte d’Ivoire y Mali. La Oficina también está llevando a cabo exámenes preliminares en las situaciones en Afganistán, Colombia, Georgia, Guinea, Irak/Reino Unido, Nigeria, Ucrania y Palestina.

Decisión de la Fiscalía de cerrar el examen preliminar de la situación en Honduras: Honduras – Informe con arreglo al artículo 5 del Estatuto.

Para mayor información sobre los principios, factores y procedimientos prescritos en el Estatuto de Roma que la Fiscalía aplica durante la realización de sus actividades de examen preliminar, véase el Documento de política general sobre exámenes preliminares de la Fiscalía.

Fuente: icc-cpi


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